Persona con las llaves de su nueva casa junto al contador de luz y cajas de mudanza
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Te mudas: cómo poner la luz a tu nombre sin cortes ni costes de más

Reazziona

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En una mudanza hay dos contratos de luz en juego: el de la casa que dejas y el de la casa que estrenas. La luz no viaja contigo. El punto de suministro, identificado por el CUPS, pertenece a la vivienda; lo que cambia es quién figura como titular y con qué compañía.

Publicado por: Reazziona Renovables, S.L. Última revisión: 21 de septiembre de 2026, con el Reglamento general de suministro aprobado por el Real Decreto 88/2026.

La respuesta corta

Si la casa nueva ya tiene luz, no hace falta darla de baja y volver a darla de alta: basta con poner el contrato a tu nombre, y la distribuidora no cobra por ese cambio. Si la casa no tiene suministro, hay que darlo de alta, y eso sí tiene coste. En la casa que dejas, lo más práctico suele ser pasar el contrato a quien entre en lugar de cortar la luz.

La casa que dejas

SituaciónQué conviene hacer
Entra otra persona a vivirTraspasar el contrato a su nombre. Tienes que estar al corriente de pago y la distribuidora no cobra por el cambio.
La vivienda es tuya y la alquilasLa persona inquilina puede poner el contrato a su nombre, si está al corriente de pago. El reglamento aclara que no cuenta como una baja seguida de un alta.
La casa se queda vacíaPedir la baja con margen. Se comunica a la distribuidora con al menos cinco días hábiles de antelación.

Antes de pedir la baja, piensa en quién vendrá después: volver a dar de alta un suministro tiene costes que un cambio de titular no tiene. Si tenías servicios contratados junto con la luz, se dan de baja a la vez que el suministro, salvo que indiques lo contrario.

¿Y si tu contrato tenía permanencia? Una persona física con tarifa 2.0TD (suministros de hasta 15 kW) puede rescindir el contrato en cualquier momento sin penalización. La única excepción son los contratos a precio fijo antes de su primera prórroga anual: en ese caso la penalización solo procede si la rescisión causa daños a la comercializadora, y nunca puede superar el 5 % de la energía estimada pendiente de suministro.

La casa a la que llegas

Si ya tiene luz a nombre de otra persona

Tienes dos caminos, y en los dos el punto de suministro sigue siendo el mismo:

  • Quedarte con el contrato y ponerlo a tu nombre. Es la subrogación. Aceptar las condiciones del contrato no te obliga a pagar lo que debiera el titular anterior.
  • Contratar con la compañía que elijas. Quien usa la vivienda con justo título puede firmar un contrato nuevo para ese punto de suministro, y el anterior se resuelve. No tienes por qué quedarte con la compañía de quien vivía antes.

El justo título es lo que acredita que usas la vivienda: la escritura si la has comprado o el contrato de alquiler si vives de alquiler, por ejemplo. El reglamento reconoce también como justo título el uso efectivo de la vivienda por parte de mujeres víctimas de violencia de género o de violencia sexual que residen en ella de forma independiente.

Si no tiene luz

Si el titular anterior rescindió el contrato, el CUPS se mantiene, pero hay que contratar de nuevo y se pagan los gastos de acceso a la red (y los de extensión, si han caducado). Si la vivienda es de estreno, se crea un punto de suministro nuevo con su propio CUPS: se pagan la acometida, el enganche y la verificación, y hace falta el certificado de la instalación eléctrica, el antiguo boletín. Tienes el detalle en la guía de consumo del Ayuntamiento de Madrid.

Si la instalación es antigua

En un cambio de titular de un contrato de baja tensión con más de veinte años, si no cambias la potencia ni la modalidad del peaje, la distribuidora no puede pedirte un certificado nuevo de la instalación ni verificarla.

La potencia: el momento de revisarla

La potencia que heredas la eligió otra persona para su forma de vivir. Si en tu casa van a funcionar más o menos aparatos a la vez, merece la pena revisarla. Eso sí, cambiarla tiene coste: se pagan la verificación y las actuaciones en el contador, según subas o bajes. Y si has reformado la instalación, necesitarás el certificado del instalador para cambiarla.

Si tienes una factura de esa vivienda, el analizador de facturas de Reazziona te muestra el CUPS y la potencia contratada. Para decidir cuánta potencia necesitas, te sirve nuestra guía para comparar tarifas por precio del kWh, potencia y coste anual.

Qué tener a mano

  • El CUPS, que aparece en cualquier factura de la vivienda.
  • El documento que acredita que usas la vivienda.
  • El DNI o NIE de quien va a ser titular y la cuenta para domiciliar los recibos.
  • Una foto del contador el día que entregas o recoges las llaves, con la lectura visible.

Y si te mudas a otra zona, mira en el mapa de barrios de Reazziona si tu nueva dirección tiene uno cerca.

Preguntas frecuentes

¿Cuesta algo cambiar el titular de la luz?
La distribuidora no cobra por el contrato nuevo que resulta de un cambio de titular. Si aprovechas para cambiar la potencia, ese cambio sí tiene coste.
¿Heredo las deudas de quien vivía antes?
No. Subrogarte en su contrato no implica asumir las obligaciones de pago que tuviera el titular anterior.
¿Tengo que quedarme con su compañía?
No. Con justo título puedes firmar un contrato nuevo con la comercializadora que elijas para ese punto de suministro, y el anterior se resuelve.
Vivo de alquiler, ¿puedo poner la luz a mi nombre?
Sí. Quien usa la energía con justo título puede cambiar el contrato a su nombre, siempre que esté al corriente de pago, y en los alquileres ese cambio no se trata como una baja seguida de un alta.
¿Con cuánta antelación pido la baja?
La baja se comunica a la distribuidora con al menos cinco días hábiles de antelación. Si el contrato lo gestiona tu comercializadora, lo comunica ella con esa misma antelación.
¿El bono social pasa al nuevo titular?
No. En un traspaso no se transmite el derecho al bono social. Quien lo necesite en la casa nueva tiene que solicitarlo, y solo lo aplican las comercializadoras de referencia con el PVPC.

Lo que cuenta esta guía está en los artículos 13, 28, 31, 32, 39 y 40 del Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica.

Salvo error u omisión. Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento legal: la referencia es siempre la normativa vigente publicada en el BOE.

Si te mudas con Reazziona

Si vas a estrenar casa y quieres la luz con Reazziona, puedes solicitarnos el cambio de titular junto con el contrato. Revisamos cada solicitud a mano.

Para saber más

Si quieres aprender más sobre cómo funciona el sector eléctrico, en Reazziona Academy tienes cursos, entre ellos el de Fundamentos de Venta de Energía.

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